El Concello de Campo Lameiro acaba de hacer públicas las bases para la contratación de una brigada de incendios en el municipio.
Es objeto de la convocatoria a contratación, en régimen de contratación laboral temporal a jornada completa, de los siguientes puestos de trabajo para la constitución en el municipio de una (1) brigada de prevención y defensa contra incendios forestales para este año 2021, compuesta de cinco miembros:
– 1 Jefe de Brigada ( Capataz Forestal ).
– 3 Peones de Brigada.
– 1 Peón.
– Conductor con carné B.
-Serán funciones a desempeñar por los/las contratados/las, el desarrollo de labores de vigiancia y defensa la para la realización de hasta un máximo de 11,8 hectáreas (o la superficie necesaria para la justificación de la subvención en función de las características del medio según el convenio de colaboración) de trabajos de prevención mediante el control del combustible de forma manual, y en todo caso las funciones establecidas en el “Convenio Interadministrativo suscrito entre la Consellería de Medio Rural y la Entidad Local de Campo Lameiro para la participación en la prevención y defensa contra incendios forestales durante el año 2021 cofinanciado parcialmente con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural ( Feader) en el Marco del PDR de Galicia 2014-2020 ”
Los trabajos de extinción de incendios forestales serán prioritarios con respeto a los trabajos de prevención.
SEGUNDA .-Modalidad de contratación.
Tipo de contrato: Contrato laboral temporal, por obra o servicio determinado, previsto en el Real Decreto 2720/1988, de 18 de diciembre , por lo que se desarrolla el art. 15 del Estatuto de los trabajadores en materia de contratación de duración determinada.
Duración : Será de tres meses desde su formalización, (siendo las fechas previstas de inicio entre lo 01 y 31 de julio del presente año , y de finalización entre lo 30/09 al 31/10)
Retribución jefe de brigada: Será de 1.207,50 euros /mes brutos incluidos todos los conceptos salariales.
Retribuciones peones de brigada y del peón conductor: Será de 1.108,33 euros /mes brutos incluidos todos los conceptos salariales.
Jornada de trabajo: Será a tiempo completo y se realizará de lunes a domingo con los descansos establecidos en la ley, y con plena disponibilidad, incluyendo en ella los domingos, festivos y fiestas locales así como los turnos de noche que sean necesarias.
Funciones a realizar: Intervención en los incendios forestales en el ámbito municipal, sin perjuicio de que conforme a la normativa aplicable al personal de las brigadas municipales participará en las operación de extinción y de final de incendios forestales, bajo el mando único operativo dependiente de la consellería competente en materia forestal cuando así se decida por parte del mando único y conforme al artículo 48.6 de la Ley 3/2007.
Los trabajos de extinción de incendios forestales serán prioritarios con respeto a los trabajos de prevención. Trabajos de vixiancia y defensa contra los incendios forestales: Las brigadas colaborarán prioritariamente con respecto a otros trabajos en la defensa contra incendios forestales integrándose en el dispositivo del Distrito Forestal donde se sitúe el ayuntamiento segundo el dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 3/2007, de prevención y defensa contra los incendios forestales y el Plan de Prevención y Defensa contra los incendios forestales de Galicia (en adelante Pladiga).
Asimismo, cuando concurran razones extraordinarias, podrán colaborar en la defensa de incendios declarados en otros ámbitos territoriales, dentro de la Comunidad Autónoma de Galicia, sin perjuicio de la correspondiente indemnización por los gastos ocasionados.
Labores encaminadas a la prevención que disminuyan el riesgo de propagación y aminoren los daños de los incendios, en el caso de producirse. Estos trabajos se desarrollarán en fajas de gestión de biomasa o nos terrenos forestales de titularidad municipal o de propietario desconocido, así como en vías y caminos forestales de su titularidad cuando no sea posible mecanizar estos trabajos.
Los trabajos consistirán en actuaciones manuales en vías y caminos forestales, áreas cortalumes y fajas de gestión de biomasa mediante desbroce, rareo y eliminación de restos, con un mínimo de 10 has (o la superficie necesaria para la justificación de la subvención en función de las características del medio según el convenio de colaboración) por brigada en los tres meses de operatividad de la brigada o su parte proporcional.
TERCERA.-Requisitos específicos:
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española. En el obstante, se tendrán en cuenta los siguientes supuestos: 1. La población nacional de los demás estados miembros de la Unión Europea podrá acceder, en idénticas condiciones que las personas de nacionalidad española, a la función pública investigadora, docente, de correos, sanitaria de carácter asistencial y a los demás sectores de la función pública a los que, según el derecho comunitario, les sea aplicable a libre circulación de trabajadoras y trabajadores. 2. La población nacional de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable a libre circulación de trabajadoras y trabajadores en los términos en los que esta está definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea.
b) Estar en posesión de la titulación suficiente o estar en condiciones de obtenerla en la cierra en que finalice el plazo de presentación de las instancias para tomar parte en las pruebas selectivas.
c) No estar separada el separado de él servicio de ninguna Administración Pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitada el inhabilitado por sentencia firme para lo ejercicio de funciones públicas.
d) Haber cumplido los 18 corderos de edad o tener la edad que la convocatoria establezca cómo mínima antes de que finalice el plazo de presentación de instancias y no exceder de 60.
e) Tener la capacitación funcional necesaria para lo desempeño de las tareas que se van a llevar a cabo en el puesto ofertado. En consecuencia no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo (Son excluyentes las lesiones de corazón, pulmón o intestinales, trastornos psicológicos, incapacidades del aparato locomotor, enfermedades infecciosas, la obesidad, la ceguera y la sordera. En mujeres, será igualmente causa de exclusión el embarazo).
f) Cumplir los requisitos para ejercer las funciones que le puedan ser encomendadas, conforme la lo previsto regramentariamente.
g) Para la plaza de JEFE DE BRIGADA se exigirá estar en posesión de titulación académica: Ingeniero de Montes o Ingeniero Técnico Forestal, técnico superior en gestión y organización de recursos naturales o paisajísticos, técnico en trabajos forestales y conservación del medio natural o formación profesional equivalente. Además tendrá el carne de conducir B.
h) Para las plazas de PEÓN DE BRIGADA y PEÓN CONDUCTOR: Estar en posesión de carné de conducir clase B.
i) Los candidatos deberán ser personas desempleadas, inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia como demandantes no ocupados y que estén disponibles para el empleo.
CONSULTA AQUÍ LAS BASES: